Morirse
no cuesta menos de 2.000 euros
Ante la proximidad de la festividad de Todos los Santos,
la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE
ha elaborado un estudio en el que se desglosan los gastos
a los que debe enfrentarse una familia tras el fallecimiento
de uno de sus miembros.
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Sevilla, 27 de octubre de 2005. Establecer un coste
medio resulta relativamente difícil ya que buena
parte de los gastos inherentes a los servicios funerarios
dependen directamente de las aleatorias tasas municipales
(muy diversas de una localidad a otra) o del modelo de gestión
de operador encargado de prestarlos (pública, privada
o mixta). Si a todo ello le sumamos la parafernalia (sujeta
a leyes de mercado y que por estas fechas ve incrementado
su precio), morirse puede costar tanto como se esté
dispuesto a pagar. Esta cifra nunca bajará de los
seiscientos euros (coste reservado a las actuaciones de
beneficencia) a no ser que donemos el cuerpo a la Ciencia.
· Gastos imprescindibles
La primera decisión depende en buena medida del estado
de ánimo de los familiares y su disponibilidad. Se
trata de optar por hacer determinados trámites burocráticos
obligatorios en caso de fallecimiento o encomendarlos a
la funeraria. Estos trámites consisten en obtener
el certificado médico de defunción y ejecutar
la inscripción en el Registro Civil del fallecimiento
(gestión urgente que debe realizarse en las 24 horas
posteriores n el Registro del lugar donde se ha producido).
Además de esto, hay que llevar a cabo las gestiones
para conseguir la preceptiva licencia de entierro o incineración.
Si se pretendiera trasladar los restos a otra localidad
diferente de aquella en la que se encuentran los restos,
sería necesario conseguir un permiso sanitario específico.
Las empresas funerarias suelen ofrecer un servicio básico
para todos estos menesteres que incluye vehículo
para el traslado del cadáver y la gestión
del certificado de defunción y la baja en el Registro
Civil por un coste que oscila entre los 200 y los 300 euros.
Con posterioridad, los familiares deberán decidir
entre la inhumación o la cremación de los
restos, para lo que se deberán tramitar los correspondientes
permisos ante el Registro Civil.
Una vez obtenidos los permisos hay que hacer frente al gasto
mas cuantioso que supone casi la mitad del coste total del
servicio funerario:
la adquisición del féretro. El coste medio
de un ataúd suele rondar los 1.800 euros, pero éste
dependerá de la calidad de lo materiales, acabado,
apariencia, etc. Así, los precios pueden variar desde
los 450 euros de un ataúd de la beneficencia a los
3.000 de los más lujosos.
En caso de proceder a la incineración, los materiales
deberán ser específicos. En estos casos, habrá
que sumar unos 30 euros por la urna para las cenizas, además
de una cantidad que va de 350 a 500 euros por la incineración
en sí. Algunos cementerios ofrecen nichos o columbarios
para depositar la urna, aunque lo más frecuente es
que los familiares disponga de las cenizas de forma más
o menos ortodoxa. Es de resaltar la existencia de empresas
que por 300 euros facilitan un barco para esparcir las cenizas
por el mar.
Aún así, con la cremación se ahorra
el coste de adquisición, alquiler o concesión
de la sepultura o nicho. De lo contrario, optando por el
enterramiento, habría que sumar a los gastos del
nicho, sepultura o panteón, los correspondientes
al trabajo de inhumación y colocación de lápida,
contando con los cales, difícilmente podamos bajar
de 500 euros. Todo ello, sumado al alquiler del coche fúnebre
para el traslado hasta el cementerio (entre 50 y 120 euros)
hace que el coste mínimo imprescindible de un entierro
medio difícilmente pueda bajar de 2.000 euros sin
hacer ningún tipo de alarde.
· Los inevitables gastos adicionales
Aunque no sea imprescindible, el gasto en flores y esquelas
en prensa así como los posibles oficios religiosos
son realidades socialmente extendidas y consideradas ineludibles
en la mayoría de los casos.
El precio de las flores depende mucho de la época
del año (estas fechas suponen niveles prohibitivos
por la gran demanda) y de las variedades de flores. No obstante,
el coste de una corona de las más comunes (clavel,
crisantemos, algún gladiolo o rosa...) se suele mover
entre los 90 y los 120 euros. La mayor parte de los seguros
de decesos incluye como prestación una o dos coronas
para entregar en nombre de los beneficiarios.
Por su parte, el oficio religioso suele moverse en torno
a los 50 euros aunque la variedad puede ser grande en función
del cómo y el dónde, cuando no de la propia
confesión.
La publicación de una esquela informativa en prensa
puede ir desde los 69 euros hasta los 11.000 en función
del tamaño, el diario elegido y el propio día
de la publicación. Los seguros más habituales
también suelen contemplar la publicación de,
al menos, una esquela de tamaña reducido en un diario
de tirada nacional.
Los servicios de tanatorio suelen ser cada vez más
demandados, a la vez que han sido incorporados a las coberturas
ordinarias de las pólizas de seguros. Éstas
ofrecen desde servicios básicos (uso exclusivo de
la sala) hasta otros mucho más complejos que incluyen
lencería funeraria, flores, libro de firmas, oficio
religioso, gestión de documentación y coche
fúnebre. A ello podría sumársele un
servicio adicional de tanatoprasia o tanatoestéstica
para mejorar la imagen del cadáver, que puede rondar
los cincuenta euros. Estos es, el
precio de lo servicios de tanatorio oscila entre los 400
y los 1.600 euros para los que no lo tienen contemplado
en el seguro.
· Atención a la compra
de flores en estos días
La Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE
recomienda comprar las flores para la festividad de Todos
los Santos antes de dicha fecha. La Unión de Consumidores
de Andalucía ha constatado cómo, en esta fecha
el precio de las flores sube considerablemente, sobre todo
si se adquieren en los establecimientos más próximos
a los cementerios.
UCA-UCE también ha detectado la actuación
incorrecta de algunas empresas que incrementan el precio
de los gastos propios del sepelio aprovechando las trágicas
circunstancias que rodean la contratación de un servicio
así. Por ello, se recuerda que el usuario tiene derecho
a que se le de un presupuesto previo por escrito donde se
especifiquen todos los servicios que le van a ofrecer y
cuánto vale cada uno de ellos.
También recordar que tanto las floristerías
como las empresas de servicios funerarios deben contar con
hojas de reclamaciones a disposición de las personas
que lo soliciten.
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