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Feria de Abril
Datos de interés sobre la Feria de Abril 2009
A) Ahorro energético
La Delegación de Fiestas Mayores sigue en la línea de ahorro energético iniciada el pasado año y de mejora de la contaminación lumínica. De esta manera, se va a proceder a sustituir aproximadamente unas 70.000 bombillas de 25w por otras de 15 w, lo que significa un ahorro en el consumo del 17,57 por ciento.
B) Mejora de la zona hospitalaria
La Delegación de Fiestas Mayores sigue mejorando las instalaciones de la Feria destinadas a prestar servicio a los usuarios de las mismas.
De esta manera, y siguiendo las instrucciones de la Delegación de Salud y Consumo, se ha procedido a reorganizar toda la zona de atención hospitalaria ubicada en las inmediaciones del Parque de Los Príncipes. De esta forma, se han unido, creando una gran plaza central, la Sala de vigilancia, la de reanimación, la salas de consultas, las salas de curas, la farmacia, la de almacén así como la sala de reposo y los wc para los usuarios que necesiten atención.
Todas estas instalaciones estarán en un perímetro cerrado por una valla para delimitarlo, elevadas sobre una gran tarima de madera y comunicadas entre sí para que el desplazamiento del paciente de una zona a otra sea lo más corta posible.
C) Nuevas ordenanzas
A lo largo de los años transcurridos desde la última modificación con profundidad de las Ordenanzas de Feria, aprobada inicialmente por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 30 de Diciembre de 1999, publicadas en el BOP nº 15 de fecha 20 de Enero de 2000, y aprobada definitivamente con posterioridad, ha surgido la necesidad de modificar nuevamente, determinados artículos de la ordenanza en vigor, de los que ya se adelantaron, por razones de urgencia, algunos cambios aprobados por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de los pasados años 2004 y 2005.
El trabajo elaborado, ha supuesto la ejecución de tres tipos de acciones sobre las Ordenanzas vigentes, con el propósito de conseguir una mejor realización y ordenación de los trabajos preparatorios y funcionamiento de la Feria de Abril.
1. Modificaciones cambios de localización y desdoblamiento de artículos, dentro de determinados Títulos de la Ordenanza, que tienen por objeto matizar y clarificar diversas situaciones de riesgo para mejorar la seguridad y el funcionamiento de la feria.
2. Ampliación del articulado del Título II al objeto de conseguir un mejor funcionamiento en la circulación de Carruajes de tracción animal, durante el Paseo de Caballos dentro del horario establecido para ello durante la celebración de la Feria de Abril.
3. Reordenación de tipificación de infracciones para una mejor clarificación del Título VIII de las Ordenanzas.
MODIFICACIONES REALIZADAS
TÍTULO II. DEL PASEO DE CABALLOS Y ENGANCHES
Se amplía el articulado de este título, pasando de 25 a 43 artículos.
-Se establece en 700 el número máximo de carruajes que pueden acceder al día a la Feria (artículo 5). Esto ya se está aplicando, pero se incorpora ahora en la Ordenanza.
-Se establece que el número máximo de matrículas que Fiestas Mayores otorgará será 1.400 (artículo 5), concedidas para días pares e impares, lo que irá rotando cada año (artículo 6). Esto también se viene haciendo ya y se incorpora ahora.
-El plazo contemplado en el artículo 7 para presentar las solicitudes se abre del 16 al 31 de enero, lo que permite a los servicios técnicos municipales tener más tiempo para analizar las posibles alegaciones o correcciones presentadas por los ciudadanos y modificarlas si es necesario. Antes, el plazo para presentarlas podía establecerse hasta 15 días antes de la Feria, plazo que creemos muy corto para comunicar a los receptores de la licencia que estaban autorizados para circular por el Real, arreglar posibles errores o ver las alegaciones que al respecto pudieran presentar. Durante la primera quincena de febrero se estudiará la documentación y, a partir de entonces y hasta el primer día hábil de marzo, los poseedores de una licencia podrán subsanar errores observados en su solicitud o falta de documentación (artículo 13).
Para una mejor información ciudadana, se explica en el artículo 7 dónde se pueden recoger los impresos para solicitar las licencias de paseo de caballos así como dónde presentarlos, concretamente en el Registro General y Auxiliares del Ayuntamiento, así como los contemplados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo:
1-En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
2-En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
3-En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
4-En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
-Se fija claramente por escrito en el artículo 12 de las Ordenanzas, el compromiso expreso del Ayuntamiento de respetar las licencias con su correspondiente matrícula para todos aquellos titulares que cumplan las siguientes condiciones:
a)Presentación de solicitud en plazo.
b)Mantenimiento de las características del carruaje.
c)Cumplir los requisitos de las ordenanzas.
d)No tener sanción de retirada de matrícula en la Feria anterior.
-Se le da la posibilidad al titular de que si su carruaje sufre daños pueda cambiarlo por otro de las mismas características. Si no dispone de éste y tiene otro diferente, debe notificarlo a FFMM, pasando esa petición a engrosar un listado de pendiente de disponibilidad (artículo 19).
-Aparece la prohibición expresa de traspasar la licencia, ya sea de forma gratuita, por medio de la venta o el alquiler (artículo 18).
-Se introducen normas para mejorar la calidad del enganche: prohibición del uso de guarniciones mixtas o con evidente estado de deterioro (artículo 27), solicitud hecha por el Club de Enganches; o la obligatoriedad de que los enganches deban ir equipados con faroles a juego (artículo 41).
-Se recoge por escrito la prohibición de abandonar el pescante del carruaje (artículo 35). Esto se realiza por motivos de seguridad. Antes aparecía sólo que debían permanecer en posición sentada.
TÍTULO III. DE LAS SOLICITUDES DE CASETAS
-Se informa a los ciudadanos que las solicitudes para obtener una caseta en la Feria del siguiente año se podrán recoger en el Registro General y en los registros auxiliares (antes sólo quedaba recogida la entrega en el Registro General). Asimismo, la entrega de la documentación se podrá hacer en estos lugares, además de los recogidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo.
-Se incorpora que, para las solicitudes que se presenten por vez primera, las personas jurídicas acreditarán su capacidad jurídica y de obrar, mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial (artículo 49). Antes sólo se solicitaba una memoria informativa.
TÍTULO IV. DE LA TITULARIDAD DE LAS CASETAS
-Se recoge que el periodo de la titularidad de la caseta llega hasta el desmontaje de la misma y no sólo hasta la finalización de la Feria, como se contemplaba hasta ahora (artículo 51).
TÍTULO V. DE LA ESTRUCTURA Y MONTAJE DE LAS CASETAS
Se amplía el número de artículos de 27 a 37.
-Se incorporan nuevos elementos de seguridad a petición de Bomberos. Así, las casetas de 3 módulos o más deberán tener como mínimo dos puntos de acceso/salida, que tendrán una anchura mínima de 1,20 metros (artículo 67).
A la vez, se introduce la obligatoriedad de tener un extintor en las tareas previas de montaje desde que comience la cubrición de la caseta, durante la fiesta y hasta finalizar el desmontaje y retirada de los materiales utilizados (artículo 78). Antes sólo se precisaba que lo tuvieran durante la celebración del evento.
-Asimismo, se introduce un elemento demandado por los colectivos sociales de discapacitados. Las casetas de 3 ó más módulos deberán contar, a partir de ahora, con aseos para personas con discapacidad (artículo 73).
-El montaje de las casetas debe concluir antes de las 12 horas del día anterior al Alumbrado (artículo 79), es decir, del lunes. Hasta ahora, debían estar terminadas antes de las 17 horas.
Eso se hace para que los Servicios de Inspección y recogida de residuos puedan actuar con mayor eficacia.
-Atendiendo a las peticiones de los titulares de casetas, se amplía el plazo máximo de retirada de elementos de las casetas durante el desmontaje, pasando de 7 a 15 días. A la vez, y para evitar el vertido incontrolado, se establece que a partir de ahora los escombros del montaje y desmontaje de las casetas serán retirados por los titulares de las concesiones, prohibiendo arrojarlos sobre los paseos peatonales y/o calzadas del Real, debiéndolos depositar en un contenedor (artículo 80).
-De cara a mejorar la imagen de la Feria, queda recogido que “el desmontaje de las casetas no podrá iniciarse, en ningún caso, antes de las 24 horas del domingo, señalado como último día de Feria”. (artículo 82).
TÍTULO VI. DEL FUNCIONAMIENTO DE LA FERIA
Se amplía el articulado de 10 a 15 puntos.
-Queda recogido expresamente (artículo 86) que no se utilizarán los espacios para los cuales no se ha dado licencia de ocupación. Por ejemplo, se detectan casos en los que con sillas y mesas se ocupan las zonas traseras de las casetas (vía de servicio) o las delanteras (paseos peatonales).
-Se recoge el permiso para prestar servicios de venta de agua y flores, helados y algodón, incorporando la figura de los servicios fotográficos, que hasta ahora no se contemplaba (artículo 89).
-Se tipifica y especifica la prohibición de publicidad en las vías de acceso a la Feria, en un radio de 1 kilómetro, así como en las del Real, sobre soporte humano o mecánico, de tipo móvil o estático, que no forme parte del mobiliario urbano (artículo 92). Esto se debe a la introducción de nuevas formas de publicidad hoy día. Antes sólo se hablaba de “soportes publicitarios”.
TÍTULO VIII. INFRACCIONES Y SANCIONES
-En el artículo 98 se introduce como novedad, que la reincidencia en infracción leve de los articulados del título II, V y VI durante dos años consecutivos o tres alternos de un periodo de 6 años a contar desde la primera infracción se considerará falta grave.
-A partir de ahora, pasan a considerarse faltas muy graves la reincidencia en infracción grave durante dos años consecutivos o tres alternos dentro de un periodo de 6 años a contar desde la primera infracción. De esta manera, había casetas que cometían las mismas faltas graves de forma reiterada durante años consecutivos y sólo se les podía multar. A partir de ahora, al ser falta muy grave se contempla la posibilidad de la retirará de la concesión de la titularidad.
-Con la nueva ordenanza, se considera falta muy grave el incumplimiento de los artículos 64 sobre el empleo de toldos ignífugos; y el 78 en los referidos a la inexistencia y mal mantenimiento de extintores en las casetas.
-En el artículo 99, se procede a actualizar las sanciones en la medida que lo permite la Ley (artículo 141 de la Ley 7/85 de Régimen Local), ya que hasta ahora a muchos titulares de casetas les era más rentable pagar la sanción y no cumplir las normas. Así, quedan de la siguiente forma:
a)Las faltas leves se incrementan desde los 150 euros actuales a los 750 euros.
b)Las faltas graves se sancionarán con multas que irán desde los 751 a los 1.500 euros (actualmente oscilan entre los 150,01 y los 600,01 euros).
c)Las muy graves se siguen sancionando con la retirada de la concesión administrativa y se incorpora una multa que va desde los 1.501 euros hasta los 3.000 euros.
Por otra parte, se incorpora la posibilidad de retirada instantánea de la matrícula del enganche, expulsión del recinto ferial o inmovilización del coche de caballo en caso de “resistencia a colaborar, incumplimiento de lo indicado o cualquier otra circunstancia que por su gravedad así lo exigiese, procediéndose con posterioridad a la sustanciación del oportuno expediente”.
Asimismo, se recoge, como novedad, en el artículo 100 que en caso de reiteración de infracciones graves relacionadas con cualquier título de la ordenanza, dentro del mismo evento, o cualquier otra circunstancia que por su gravedad así lo exigiese, la Autoridad competente o sus agentes podrán ordenar la clausura inmediata de la caseta, procediéndose con posterioridad a la substanciación del oportuno expediente.
DATOS DE INTERÉS
1) Información:
a)Guía de la Feria
Se ha editado una guía oficial de la Feria de Abril de Sevilla. Se han confeccionado 15.000 ejemplares, de los que 6.000 se han distribuido entre los hoteles sevillanos. El resto se repartirá en la Feria de Abril y oficinas de turismo. Este año se ha renovado el diseño de la misma.
Gracias a esta guía se pueden conocer, además, todos los aspectos relacionados con la Feria, así como su historia, cómo son las casetas, el paseo de caballos, cómo hay que vestir, el parque de atracciones, información de servicios, etc.
b)DVD de la Feria.
Se ha elaborado un DVD sobre la Feria de Abril que se va a remitir a todos aquellos puntos donde existe una Feria de Abril (Afganistán, Nápoles, Barcelona, Santander, Filadelfia, República Dominicana), con la intención de que los organizadores puedan mostrar en aquellos lugares cómo es nuestra Fiesta. También se enviarán a casas andaluzas en el exterior.
c)Plano
Se han editado más de 60.000 ejemplares del plano oficial de la Feria, así como toda la información sobre la situación de las 1.047 casetas, el parque de atracciones y de los servicios públicos municipales.
2)Pulseras para los niños
La Delegación de Fiestas Mayores ha realizado 5.000 pulseras para identificar a los niños en el recinto ferial. De esta manera, se distribuirán en las oficinas de información, en Fiestas Mayores (calle Matienzo 1) y en la caseta de Niños Perdidos.
3) Taller de arreglos de trajes de gitana
Molina, Moda Flamenca se va a encargar por segundo año consecutivo de poner en marcha un taller para realizar pequeños arreglos de trajes de gitana en el recinto ferial. Este año estará más próximo al Real, concretamente en la Avenida Ramón de Carranza frente a Jiménez Chicuelo.
4) Música en las Casetas y Calle del Infierno
Fiestas Mayores continúa con su apuesta porque en la Feria se escuchen, sobre todo, sevillanas, por lo que volverá a incidir en este aspecto con los particulares y entidades públicas que estén en el Real.
Por otra parte, la Calle del Infierno volverá a contar con una banda sonora única, denominada 'Canal Feria', la cual ha tenido gran aceptación.
5) Coches de caballo:
El Ayuntamiento un año más, colabora en la Exhibición de Enganches que el domingo de la semana previa a la celebración de la Feria, tiene lugar en la Maestranza. Para ello, ha concedido una subvención de 6.000 euros al Real Club de Enganches de Andalucía y pondrá a su disposición los diferentes servicios municipales para colaborar en la organización del evento.
El Ayuntamiento mantiene, como medida de seguridad peatonal y de mejora en la movilidad de los enganches que acceden al recinto durante el horario de paseo de caballos, la limitación de acceso a 700 carruajes diarios, de tal forma que para la Feria de Abril de 2009, sólo podrán entrar en el recinto el martes, jueves y sábado si la matrícula es un número impar; y el miércoles, viernes y domingo si la matrícula coincide con un número par.
Al igual que en ediciones anteriores, se han concedido 1.400 licencias.
A nivel informativo, para el acceso de carruajes se mantendrán los puntos de control situados en las siguientes localizaciones:
a)En la intersección de la Avenida Virgen de Luján con la calle Santa Fe, para todos los vehículos procedentes del puente de las Cigarreras y a través de la calle Virgen de Luján.
b)Avenida de Moliní para todos los vehículos procedentes de la Avenida de la Raza, Avenida Bueno Monreal y Avenida de la Palmera.
c)Avenida Juan Pablo II junto a muro de defensa para todos los vehículos procedentes de Tablada, San Juan de Aznalfarache y cuadras municipales.
Los usuarios de estos vehículos de tracción animal cuya matrícula no tenga acceso al Real en función del día y deseen dirigirse al mismo, podrán llegar en el enganche al punto de referencia, siendo desviados por los agentes de la autoridad en ese punto de retorno hacia la ciudad, cuadra o cochera por la ruta recomendada por dichos agentes.
Los titulares de los enganches que cada día cuenten con la autorización para acceder al Real de la Feria, deberán llevar consigo la documentación del vehículo, así como la cartilla sanitaria, ya que se le puede exigir en cualquier punto de control.
En cada una de las puertas de acceso al Real de la Feria, se dispondrá de una base de datos gráfica y documental, insertadas en una PDA, para evitar cualquier tipo de falsificación de matrículas que pudiera producirse y llevar a cabo un control de calidad de los enganches. En caso de registrarse alguna incidencia de este tipo, se procederá a la retirada de la matrícula.
INFORMACIÓN GENERAL FERIA DE ABRIL
►Datos:
-Superficie total recinto ferial (con aparcamientos): 1.000.000 m².
-Superficie del Real: 450.000 m².
-Número manzanas: 24.
-Calles: 15
-Número de casetas: 1.047.
-Distribución: 27 casetas de tipo familiar de titularidad única, 499 familiares compartidas, 311 entidades, 190 de peñas, 1 municipal, 6 distritos y 13 servicios municipales.
-Estructura tubular general de caseta: 300.000 metros lineales.
-Las calzadas del Real se ven cruzadas por paños altos formados por 4 guirnaldas con lámparas de 15W cada 25 cm y motivos barrocos tradicionales iluminados, todo sustentado por postes de madera que, debidamente encastrados en el pavimento terrizo, irán pintados de blanco con zócalo color añil y llevarán finalmente una ornamentación de verde vegetal.
-Los paseos peatonales van cubiertos por paños bajos de guirnaldas con lámparas de 25W cada 50 cm. que, a su vez, se cubrirán con farolillos colocados en hileras alternando el color blanco y anaranjado. El nº de guirnaldas de las calles largas es de siete y el de las calles cortas de cinco (en función de su latitud).
►Preparación y ornamentación del Real:
Un total de 400 operarios invierten 120.000 horas de trabajo para preparar y ornamentar el recinto ferial.
►Portada:
-Representación: Inspirada en una pañoleta de una caseta y los arcos del tendido de la Plaza de Toros de la Maestranza. Cuenta con el logotipo del Centenario de la Asociación de la Prensa de Sevilla.
-Diseñador: Marcelo Cruz Márquez.
-Altura de la bandera del arco de entrada: 40 m.
-Frente que ocupa: 50 m.
-Peso: 193.000 kilos.
-Número de bombillas: 20.000.
-Pintura artística: 3.500 m².
-Horas de montaje: 17.000.
-Coste: 495.000 euros aproximadamente.
►Calle del Infierno:
-Superficie: 200.000 m²:
a) 10.000 m2 de área de servicios generales.
b) 30.000 m2 de área delimitada para recinto de viviendas de industriales.
c) 20.000 m2 de aparcamiento de vehículos y elementos de tracción de actividades feriales.
d) 120.000 m2 de área de asentamiento de actividades feriales.
e) 20.000 m2 de cuadras y guardería de carruajes.
-Atracciones:
68 Puestos de agua y flores.
50 Puestos de turrón.
38 Puestos de bisutería.
28 Puestos de algodón y bisutería.
30 Puestos de helados.
6 Buñolerías.
9 Fotógrafos.
6 Chocolaterías.
6 Bodegones.
59 Puestos varios (gofres, hamburgueserías, vinos, pesca…).
51 Espectáculos (casetas de tiro, pelota, baloncesto, carreras, tómbolas...).
6 Grandes espectáculos (montañas del terror, espejos, folklore…).
16 Grúas.
24 Puchis.
56 Aparatos mecánicos infantiles.
61Grandes aparatos mecánicos.
1 CIRCO
► Servicios asistenciales:
- Un Centro Hospitalario de Primeros Auxilios con un servicio de atención de 24 horas.
- Un Área de Seguridad con dependencias de Policía Nacional, Policía Autonómica, Policía Local y Protección Civil.
- Un Retén de Bomberos coordinado con los otros tres existentes en el Real con un equipo de primera salida y dependencias de Prevención (Inspección de casetas).
- Un punto de asistencia de costura.
- Un Área de Mantenimiento en el que se encuentran integrados, además de los equipos de control eléctrico tanto en lo referente a niveles de suministro como a funcionamiento eléctrico del conjunto, equipos varios de las contratas que han de mantener un servicio de guardia durante el evento.
- Un punto de asistencia veterinaria, situado en la Glorieta de Tablada al final de la Calle Costillares, que funcionará durante el evento coincidiendo con el horario de paseo de caballos y enganches.
- Niños Perdidos, que se encuentra ubicada a la altura del nº 126 de la Calle Gitanillo de Triana.
COLABORACIÓN CON OTRAS FERIAS
La Delegación de Fiestas Mayores colabora en la actualidad en la organización de la Feria de Abril en las siguientes ciudades del mundo:
Feria de Sevilla de Herat (Afganistán).
Barcelona
Filadelfia (Casa de Andalucía)
Santander
Nápoles (Cuartel General de las Fuerzas Conjuntas de la OTAN)
Sevilla
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